La Mutisia naranja o Quiñilhue es una enredadera perenne muy ramificada que trepa sobre arbustos y árboles bajos y, en muchos casos, los cubre totalmente. Crece encima de especies como la Laura, el Radal y el Maitén, entre otras, y es común observarla cubriendo sus copas a alturas de hasta 12 m. Posee extensos tallos verdes semileñosos, lisos, y muy volubles. Las hojas son perennes y simples. Tienen de 6 a 8 cm de largo y terminan en un ápice que se angosta en un largo tallo que se divide en dos partes. Las flores se reúnen en bellas y muy vistosas inflorescencias (conjunto de flores que nacen agrupadas de un mismo tallo) de color naranja intenso. Los capítulos (formación de numerosas flores que en su conjunto dan la sensación de ser una sola flor), de hasta 10 cm de diámetro, son muy grandes. Las flores femeninas se disponen en la parte externa del capítulo de un color naranja intenso, y están arqueadas hacia fuera del capítulo. Las flores masculinas se disponen en la parte interna de la inflorescencia, son cortas y de color amarillo oro. El fruto es un aquenio (fruto seco que contiene una sola semilla, cuya envoltura externa esta suelta) de 3 a 4 mm de largo el cual posee un vilano blanco (pelusas y filamentos) de 2 cm de largo que auxilia como dispositivo de dispersión. Se multiplica por gajos.
La Mutisia naranja florece en los meses de verano de Enero y Febrero. En Europa y los Estados Unidos se la cultiva, en jardines y cercos vivos; sin embargo, no posee ese uso a nivel local a pesar de sus excelentes condiciones de crecimiento y estética.
EPU ÑI QUIÑILHUE (Leyenda de la flor Mutisia)
Hace mucho tiempo, en la zona del volcán Lanín, existían dos lof (comunidades) que no eran muy amigas, y por diferencias antiguas se guardaban mucho rencor.
Un día, el joven hijo del Longco (jefe) de una del lof y la hija del Longco de la otra se enamoraron. Pero dado el intenso rencor que existía entre las familias, no podían tratarse a menudo y verse abiertamente.
Una oscura noche, la machi (autoridad religiosa), vigilaba junto al rahue (lugar sagrado) mientras se realizaba el Nguillipún (ceremonia religiosa más importante del pueblo mapuche). De repente rompió el silencio el graznido del Chiuqui ñi pun (chimango de la noche). La machi se estremeció, pues sabía que ese era un grito de mal presagio.
Miró a su alrededor y escuchó un ruido sospechoso. Observando atentamente, vio a la querida hija del Longco que escapaba sigilosamente con el hijo del Longco enemigo. En ese momento la machi se dio cuenta que ese era el peligroso suceso anunciado por el ave agorero.
La machi creía que esa acción merecía ser castigada, pero antes de comunicar al padre la fuga de su hija, consultó con el pillán (fuerza superior intangible): – ¿Debo o no dar parte de rapto al padre de la niña?
Mai (si) contestó el Pillán.
La machi corrió a la Ruca (casa) del Longco y delató la fuga. Enseguida se escuchó por segunda vez el alarmante grito del Chiuqui ñi pun.
El padre, muy enojado, ordenó la persecución y captura de los enamorados que pronto fueron apresados, juzgados y condenados a muerte.
Ambos jóvenes fueron atados a un poste y con lanzas y machetes, se arrebataron contra ellos dándoles muerte a ambos.
A la mañana siguiente, los ejecutores, quedaron asombrados al ver que en el lugar del suplicio de los jóvenes enamorados, habían nacido unas flores de pétalos anaranjados nunca vistas.
¡Quiñilhue! – gritaron los primeros que la vieron, y con ese nombre, “quiñilhue” se conoce la flor que produce una enredadera que se abraza y trepa por los árboles, como se abrazan los jóvenes enamorados.
Avergonzados y arrepentidos, se empezó a respetar esa flor llamada Mutisia por los blancos. Las almas de los jóvenes amparados por la nguenechen (dueño de los seres humanos) en el país del cielo (huenu mapu), se amaron por siempre mientras esa delicada flor de pétalos rojos nos recuerda el amor de los jóvenes dado por el injusto rencor.
LEY provincial 2.465 – Sancionada el 24/8/2004, promulgada el 7/9/2004 y publicada el: 17/9/2004
- Artículo 1º: Declárase a la «Mutisia» (Mutisia decurens) como flor provincial del Neuquén.
- Artículo 2°: La Subsecretaría de Turismo provincial adoptará las medidas necesarias para promocionar y darle amplia difusión a la presente Ley.
- Artículo 3°: El Ministerio de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, a través de la Subsecretaría de Educación, incorporará en los diferentes planes curriculares de la educación provincial, el estudio de la flor provincial del Neuquén.
- Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.